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Preguntas frecuentes
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¿Ya me han concedido un Kit Digital en 2023 y la solución ha sido aplicada con éxito. Puedo pedir otro en 2024?
No, los autónomos sólo pueden presentar un único bono en todo el periodo, aunque se cambie de año. Pero, si tienen varias empresas, pueden solicitar un bono para cada una de ellas.
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No tengo Certificado Digital.
El Certificado Digital es imprescindible para realizar la presentación. Preguntar sí tiene gestor (seguramente lo tenga él ) y si no, se puede solicitar a través del siguiente enlace:
https://www.sede.fnmt.gob.es/ -
¿Puedo contratar servicios digitales con coste superior al bono concedido o que excedan los límites por categoría?
Si, puedo contratar el servicio que necesites para un negocio, eso sí, solo podrás aplicar el BONO DIGITAL hasta la cantidad máxima permitida, el resto deberá ser abonado directamente al Agente Digitalizador.
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¿Cuándo se cobran las ayudas?
Los beneficiarios de estas ayudas del Kit Digital no cobrarán dinero alguno, recibirán un BONO DIGITAL de 2.000€ para gastar en las categorías de digitalización aprobadas con uno de los Agentes Digitalizadores habilitados. Se deberá firmar un contrato de prestación de servicios con un Agente Digitalizador que será quién, una vez puesto en marcha el proyecto y verificado por la autoridad competente, recibirá los importes comprometidos con el BONO DIGITAL.
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¿Tendré que abonar alguna cantidad al gastar el BONO DIGITAL?
Es una subvención a fondo perdido, esta subvención no incluye el pago del IVA al Agente Digitalizador. Si nos conceden el Bono Digital de 2.000€ y lo aplicamos a un cambio de web, el agente digitalizador emitirá una factura de 2.000€ + iva, en este caso 2.420€ ( es decir los 420 € serán abonados al Agente Digitalizador) y este importe, se podrá compensar en la siguiente declaración trimestral de IVA como IVA soportado
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¿Puedo gastarme el BONO Digital en diferentes servicios de digitalización?
Si, se pueden combinar los servicios con el BONO DIGITAL , pero es importante saber que cada categoría tiene el importe máximo de los 2000 €.
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¿Puedo pedir un bono digital para mejorar un servicio que ya tengo?
Sí, siempre y cuando la nueva solución suponga una mejora funcional con respecto a la que tiene actualmente y, por tanto, la sustituya. Por ejemplo, puedes destinar el bono digital a renovar tu página web actual o a mejorar tu sistema de copias de seguridad.
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¿Puedo destinar la subvención a la compra o renovación del hardware de mi empresa?
No, estas ayudas sólo están destinadas a soluciones de digitalización (software y servicios online). El objetivo es acelerar el proceso de transformación digital de las pequeñas empresas y trabajadores autónomos.
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¿Cómo y cuándo se cobran las ayudas?
Las ayudas se cobrarán en forma de bono digital, una vez el Agente Digitalizador justifique la realización de la actividad por la cual se concede la subvención, e irán a parar directamente al Agente Digitalizador encargado de poner en marcha la solución. Es decir, la empresa percibe un ‘Bono digital’ a canjear en soluciones o servicios concretos, pero no percibe la cuantía económica de forma directa.
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¿Hay que devolver las ayudas del Kit Digital?
No, se trata de una financiación a fondo perdido. De este modo, no implica devolución, siempre y cuando se justifique el destino final de los fondos.
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¿Puedo contratar a cualquier Agente Digitalizador?
No, las soluciones digitales solo pueden ser puestas en marcha por los Agentes Digitalizadores acreditados que han demostrado cumplir con una serie de requisitos , como tener una antigüedad mínima de 2 años en el desarrollo de su actividad
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¿Afecta el resultado del test de diagnóstico para acceder al kit digital?
El resultado del test, no es vinculante, por lo que podrás pedir las ayudas con independencia del resultado del test. El test de diagnóstico se utiliza para conocer el nivel de digitalización de las empresas.
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Me han concedido la ayuda: ¿Qué paso debo seguir?
Cuando recibas la confirmación de que te han concedido la ayuda del Kit digital, un consultor se pondrá en contacto con usted y le indicará que un Agente Digitalizador nuestro en breve le llamará y deberá firmar el “Acuerdo de prestación de soluciones de digitalización” .
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¿Cómo firmo con el Certificado Digital?
Se adjuntan enlaces:
Firmar documento PDF
VIDEO FIRMA CONSENTIMIENTO -
¿Si tengo más de una empresa puedo solicitar un bono para cada una de ellas?
Los autónomos, sólo pueden presentar un único bono. Pero, si tienen varias empresas, puedes solicitar un bono para cada una de ellas.
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¿ Tengo derecho a tener una copia del resguardo de la presentación?
Sí claro, de hecho una vez presentada la solicitud desde ATA les enviamos el resguardo de la misma.
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¿Qué ocurre si se crean discrepancias entre cliente y agente?
Si está el acuerdo firmado y existen discrepancias puede revocarse el acuerdo y firmar con otro, en caso de que la implantación de la solución se haya realizado el cliente puede no estar conforme y el agente digitalizador no cobraría.
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¿Qué factores hay para la concesión de la ayuda?
Si la empresa o el autónomo cumple con los requisitos establecidos en la convocatoria, las ayudas se concederán por orden de solicitud hasta que se agote el crédito presupuestario asignado para esta convocatoria. Por eso, es conveniente solicitarlas tan pronto se abra el plazo.
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¿Puede aplicarse una solución antes de la firma del acuerdo?
No. Las empresas deben esperar a que se tenga la resolución del Kit Digital. Sólo entonces podrán llegar a un acuerdo con el responsable de la digitalización si desean beneficiarse de la financiación.
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¿Es posible ser beneficiario y agente de digitalización?
No, no es posible
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¿ Qué ocurre si recibo algún tipo de requerimiento? ¿Qué pasos debo seguir?
El cliente recibiría por parte de Red.es un email , ese mismo email lo recibimos nosotros igualmente. Se envía email desde ATA al cliente, solicitando la documentación requerida y aún así nos ponemos en contacto con el cliente vía telefónica.
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